IMPORTANTE
Se acercan dos fechas límite para la solicitud EB-5: Presente su solicitud antes del 30 de noviembre para obtener tarifas más bajas, y antes del 1 de enero para el mínimo de $800,000.

Preguntas Frecuentes
(Detalles del proceso: Tarjetas de residencia condicionales y permanentes)

Detalles del proceso: Tarjetas de residencia condicionales y permanentes

¿Cuál es la diferencia entre una tarjeta verde "condicional" y una "incondicional/permanente"? ¿Y cuáles son los requisitos para mantener una tarjeta verde?

Tanto la tarjeta verde condicional como la permanente otorgan a los inversionistas del programa EB-5 y a sus familiares los mismos derechos para vivir, trabajar y estudiar en Estados Unidos. La principal diferencia radica en su duración y en los requisitos para pasar del estatus condicional al permanente.

Tarjeta Verde Condicional:

  • Se expide por dos años tras la aprobación de la solicitud de visa EB-5 (a través de la petición I-526 y el procesamiento consular o el ajuste de estatus).
  • Sujeto a condiciones que deben cumplirse para eliminar el estatus condicional.

Tarjeta Verde Permanente:

  • Se concede una vez eliminadas las condiciones, suele tener una validez de 10 años y es renovable indefinidamente.
  • Requiere presentar el Formulario I-829 (Petición para Eliminar las Condiciones del Estatus de Residente Permanente) dentro del período de 90 días antes de que expire la tarjeta verde condicional.

Condición clave para la eliminación:

  • La inversión EB-5 debe haber creado o preservado al menos 10 puestos de trabajo a tiempo completo para trabajadores estadounidenses que cumplan los requisitos, según se verifique a través de la solicitud I-829.

El incumplimiento del requisito de creación de empleo u otras condiciones puede dar lugar a la denegación de la petición I-829, lo que podría provocar la pérdida del estatus de residente permanente.

Requisitos para mantener la Tarjeta Verde:

Para mantener su estatus de residente permanente legal y su Tarjeta Verde activa, debe evitar acciones que sugieran el abandono de su residencia en EE. UU. En general, pasar períodos prolongados fuera de EE. UU. (normalmente más de seis meses pero menos de un año) puede generar dudas sobre su intención de residir en EE. UU., aunque no existe una regla estricta de ausencia consecutiva de 180 días. Para demostrar sus vínculos con EE. UU., especialmente si viaja frecuentemente al extranjero, debe mantener un registro documental mediante las siguientes acciones:

  • Obtenga un número de Seguro Social.
  • Compra, alquila o arrienda una vivienda a tu nombre.
  • Abre una cuenta bancaria estadounidense a tu nombre.
  • Obtén una tarjeta de crédito estadounidense y úsala para compras, viajes u otras actividades.
  • Obtén una licencia de conducir estadounidense.
  • Únete a una biblioteca, club u organización profesional de tu sector.
  • Si corresponde, presente sus declaraciones de impuestos estadounidenses para cumplir con sus obligaciones tributarias.

Conserve un registro de estas actividades (por ejemplo, copias escaneadas de documentos) para presentarlo al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) cuando sea necesario, como durante los trámites de reingreso o relacionados con el estatus migratorio. Consulte con su abogado de inmigración para garantizar el cumplimiento de la normativa.

Si necesita ausentarse por períodos prolongados debido a compromisos importantes, puede solicitar un permiso de reingreso (Formulario I-131) antes de salir de los Estados Unidos. Este permiso, válido por hasta dos años, le ayuda a conservar su estatus de residente durante ausencias prolongadas. Su abogado de inmigración puede ayudarle con este trámite.

El beneficio de "Seguimiento para Reunirse" permite que el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de un residente permanente legal (titular de la Tarjeta Verde) obtengan visas de inmigrante y Tarjetas Verdes sin necesidad de presentar peticiones de inmigración separadas para cada dependiente. Este beneficio aplica únicamente si la relación familiar (cónyuge o hijo) existía cuando al solicitante principal se le otorgó la residencia permanente legal y si la Tarjeta Verde del solicitante principal se obtuvo a través de una categoría de visa basada en preferencias, como el programa EB-5. Los dependientes elegibles pueden solicitar visas de inmigrante en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos en el extranjero o, si se encuentran en los Estados Unidos, ajustar su estatus a través del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

Una petición de reunificación familiar (FTJ, por sus siglas en inglés) permite que el cónyuge o los hijos solteros menores de 21 años de un solicitante principal EB-5 con tarjeta de residencia permanente obtengan visas de inmigrante o ajusten su estatus sin necesidad de una petición de inmigrante por separado. Este beneficio se aplica cuando la relación familiar existía al momento en que el solicitante principal recibió su tarjeta de residencia permanente a través del programa EB-5.

Cuándo presentar la solicitud:

  • Una petición FTJ puede iniciarse después de que el solicitante principal reciba su Tarjeta Verde, ya sea a través del procesamiento consular en el extranjero o del ajuste de estatus en los EE. UU.
  • Los escenarios comunes incluyen:
    • Un cónyuge o un hijo no fue incluido en la solicitud original del programa EB-5 debido a que no cumplía con los requisitos o estaba ausente.
    • Tras la aprobación de la tarjeta de residencia del director, nació un niño.
    • Uno de los cónyuges optó por no inmigrar al mismo tiempo que el titular principal.
    • Nota: Si el solicitante principal contrae matrimonio después de recibir su Tarjeta Verde, es posible que no se aplique la jurisdicción extrajudicial y que se requiera una petición separada basada en la familia (por ejemplo, el formulario I-130).

Formalidades:

  • El solicitante principal debe presentar una solicitud ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) o la Embajada/Consulado de los Estados Unidos, generalmente acompañada del Formulario DS-260 (para trámites consulares) o el Formulario I-485 (para ajuste de estatus en los Estados Unidos).
  • La documentación debe demostrar el parentesco que da derecho a la relación familiar, como por ejemplo un certificado de matrimonio para el cónyuge o un certificado de nacimiento para el hijo.
  • No se requiere una petición de inmigrante por separado (por ejemplo, el formulario I-526), ​​y los beneficiarios de FTJ no están sujetos a la disponibilidad de números de visa, ya que derivan su estatus de la categoría EB-5 del solicitante principal.

Marco de tiempo:

  • El trámite suele tardar entre 6 y 12 meses, dependiendo de la ubicación (trámite consular en el extranjero o ajuste de estatus en los EE. UU.) y la complejidad del caso.

Consideración especial:

  • En algunos casos del programa EB-5, el cónyuge puede ser el solicitante principal para aplazar la obligación tributaria del inversionista principal en materia de impuestos sobre la renta mundial en Estados Unidos. Posteriormente, el inversionista principal puede presentar una solicitud de residencia permanente (FTJ) para obtener la Tarjeta Verde.

Consideraciones clave y plazos:

  • Antes o durante el período condicional: El proceso de solicitud de incorporación (FTJ, por sus siglas en inglés) suele ser más eficiente antes o durante el período de dos años de la tarjeta de residencia condicional (es decir, antes de presentar el Formulario I-829 para eliminar las condiciones). Presentar la solicitud FTJ después de la petición I-829 es posible, pero puede resultar en tiempos de procesamiento más prolongados debido a un mayor escrutinio o coordinación entre el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) y los consulados estadounidenses.
  • Tiempo de procesamiento: El procesamiento del formulario I-824 (Solicitud de acción sobre una solicitud o petición aprobada) suele tardar entre 6 y 12 meses. El procesamiento consular posterior para los dependientes puede añadir varios meses, dependiendo de la carga de trabajo del consulado estadounidense y del país de residencia del dependiente.

Condiciones importantes:

  • La relación familiar (cónyuge o hijo soltero menor de 21 años) debe haber existido cuando al solicitante principal se le concedió la residencia permanente condicional.
  • El solicitante principal debe mantener un estatus de residente permanente legal válido.
  • Los dependientes deben completar el proceso de tramitación de visados ​​estándar, que incluye la verificación de antecedentes, exámenes médicos y la presentación de los documentos requeridos (por ejemplo, certificados de matrimonio o de nacimiento).

Derechos de los residentes permanentes

Los residentes permanentes de EE. UU. (titulares de la tarjeta verde) gozan de importantes derechos y privilegios:

  • Vive y trabaja en cualquier lugar de Estados Unidos sin restricciones.
  • Protección total bajo las leyes federales, estatales y locales.
  • Acceso a sistemas de educación superior y de atención médica de primer nivel.
  • Elegibilidad para solicitar la ciudadanía estadounidense tras cumplir con los requisitos de residencia y otros requisitos.

Obligaciones de los residentes permanentes

Los titulares de la Tarjeta Verde deben cumplir con responsabilidades específicas para mantener su estatus:

  • Cumplimiento tributario: Presente su declaración de impuestos sobre la renta en Estados Unidos ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y pague impuestos sobre sus ingresos mundiales. Los residentes de países con los que Estados Unidos tiene convenios fiscales pueden solicitar créditos por los impuestos pagados en el extranjero.
  • Registro de Servicio Selectivo: Los varones residentes permanentes legales (titulares de la Tarjeta Verde) de entre 18 y 25 años deben registrarse en el Sistema de Servicio Selectivo. El registro no requiere servicio militar obligatorio, pero garantiza la elegibilidad para el servicio militar obligatorio en caso de que este se implemente.
  • Presencia física: Para evitar perder su residencia, los titulares de la Tarjeta Verde generalmente deben pasar un tiempo considerable en los Estados Unidos. Las ausencias de seis meses o más (especialmente superiores a un año) pueden generar dudas sobre su intención de permanecer en el país. Se requiere un permiso de reingreso (Formulario I-131), que debe solicitarse antes de partir, para ausencias superiores a un año y tiene una validez de hasta dos años.
  • Reingreso tras una ausencia prolongada: Si se ausenta durante dos años o más, incluso con un permiso de reingreso, es posible que se requiera una visa de residente que regresa (SB-1) para volver a ingresar como residente permanente. Durante las ausencias, se deben seguir presentando las declaraciones de impuestos estadounidenses para mantener el estatus.
  • Intención de residir: El estatus de residente permanente puede considerarse abandonado si un titular de la Tarjeta Verde se traslada permanentemente a otro país, demostrando así que no tiene intención de residir en los Estados Unidos.

La residencia permanente y la ciudadanía estadounidense confieren derechos y responsabilidades distintos:

Residencia permanente:

  • Permite a los titulares de la Tarjeta Verde vivir y trabajar en cualquier lugar de los EE. UU. y disfrutar de protección bajo las leyes federales, estatales y locales.
  • Conserva la ciudadanía de su país de origen, por lo que los residentes permanentes no pueden tener pasaportes estadounidenses, votar en las elecciones estadounidenses ni presentarse a cargos electos.
  • Requiere mantener la residencia mediante una presencia física significativa en los EE. UU. para evitar la pérdida del estatus.

Ciudadanía estadounidense:

  • Otorga el derecho a tener un pasaporte estadounidense, votar en las elecciones federales y estatales, y postularse para cargos electos.
  • Proporciona mayor acceso a empleos y beneficios federales, como el Seguro Social y Medicare.
  • Facilita la inmigración basada en lazos familiares para parientes extranjeros (por ejemplo, a través de las peticiones del Formulario I-130) con tiempos de procesamiento potencialmente más cortos en comparación con los residentes permanentes.

Camino a la ciudadanía para los inversores EB-5:

  • Los inversionistas EB-5 con estatus de residente permanente condicional pueden solicitar la naturalización a través del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) después de cinco años de residencia permanente, a partir de la fecha en que se les otorga el estatus condicional.
  • Los solicitantes deben cumplir con los requisitos de presencia física, generalmente pasando al menos 30 meses (acumulativos) en los EE. UU. durante el período de cinco años, sin ninguna ausencia que exceda un año sin un permiso de reingreso.
  • La naturalización requiere presentar el formulario N-400, aprobar un examen de civismo e inglés y cumplir con otros criterios de elegibilidad.

Para conservar la Tarjeta Verde durante el período de residencia condicional de dos años para inversionistas EB-5, los titulares deben evitar acciones que sugieran el abandono de su residencia en EE. UU. No existe una regla estricta que prohíba ausencias de más de 183 días consecutivos, pero las ausencias que superen los seis meses (especialmente más de un año) pueden generar dudas sobre la intención de residencia ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). Para demostrar vínculos con EE. UU., sobre todo si viajan con frecuencia, los titulares de la Tarjeta Verde deben documentar sus viajes mediante las siguientes acciones:

  • Obtenga un número de Seguro Social.
  • Alquile, arriende o compre una vivienda a su nombre.
  • Abre una cuenta bancaria estadounidense a tu nombre.
  • Obtén una tarjeta de crédito estadounidense y úsala para compras, viajes u otras actividades.
  • Obtén una licencia de conducir estadounidense.
  • Únete a una biblioteca, club u organización profesional de tu sector.
  • Si corresponde, presente sus declaraciones de impuestos estadounidenses para cumplir con sus obligaciones tributarias.

Conserve un registro de estas actividades (por ejemplo, copias escaneadas de documentos) para presentarlo al USCIS cuando sea necesario, como durante el proceso de petición I-829 para eliminar las condiciones. Consulte con un abogado de inmigración para garantizar el cumplimiento de las normas, especialmente si son necesarias ausencias prolongadas, ya que podría requerirse un permiso de reingreso (Formulario I-131) para ausencias superiores a un año.

En el programa EB-5, los inversionistas y sus familiares elegibles reciben inicialmente una Tarjeta Verde Condicional, válida por dos años. Para obtener la Tarjeta Verde Permanente, deben presentar el Formulario I-829 (Petición para Eliminar las Condiciones del Estatus de Residente Permanente) ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) dentro de los 90 días previos al vencimiento de la Tarjeta Verde Condicional.

Tras la aprobación de la petición I-829, se otorga la Tarjeta Verde Permanente, válida por 10 años y renovable indefinidamente. Si no se eliminan las condiciones (por ejemplo, al no presentar el Formulario I-829 o no cumplir con los requisitos del programa EB-5, como la creación de empleo), la Tarjeta Verde Condicional deja de ser válida después de dos años y se puede cancelar la residencia permanente.

La Tarjeta Verde puede ser revocada si no se cumplen ciertas condiciones, lo que podría conllevar la pérdida del estatus de residente permanente. Las dos condiciones principales para mantener la Tarjeta Verde son:

  • Evite la inadmisibilidad o la expulsión:
    No debe participar en actividades que lo hagan deportable o inadmisible según la ley de inmigración de los Estados Unidos, como por ejemplo, ser condenado por delitos graves (por ejemplo, delitos graves o delitos que impliquen depravación moral).
  • Mantener la residencia en Estados Unidos: No debe abandonar los EE. UU. como su residencia permanente. Esto se evalúa mediante la presencia física en los EE. UU. Las ausencias que superen los seis meses (especialmente más de un año) pueden generar inquietudes sobre la intención de residencia ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). No existe un requisito estricto de 183 días consecutivos.
    Se aplica la norma de ausencia, pero las ausencias prolongadas sin un permiso de reingreso (Formulario I-131) pueden dar lugar a una determinación de abandono. 
    El incumplimiento de estas condiciones, incluso durante el período de residencia condicional EB-5 (por ejemplo, no presentar el Formulario I-829 para eliminar las condiciones), puede resultar en la revocación de su Tarjeta Verde y la terminación de su estatus de residente permanente.

Para mantener su estatus de residente permanente en los EE. UU. durante viajes prolongados al extranjero (un año o más), los titulares de la Tarjeta Verde deben solicitar un permiso de reingreso para evitar que se considere que han abandonado su residencia. Las ausencias de seis meses a un año pueden generar inquietudes en el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS) o en la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), mientras que las ausencias menores a seis meses generalmente no presentan problemas. El USCIS evalúa la intención de residencia con base en factores como:

  • Duración y motivo de la ausencia.
  • Fecha de regreso fija a los Estados Unidos
  • Continuar presentando declaraciones de impuestos estadounidenses como residente extranjero.
  • Mantenimiento de cuentas bancarias, propiedades o licencia de conducir en los Estados Unidos.
  • Ubicación de la familia y del empleo.

Cómo solicitar un permiso de reingreso:

  • Proceso de aplicación: Presente el Formulario I-131 (Solicitud de Documento de Viaje) ante el USCIS mientras se encuentre físicamente en los EE. UU. Puede salir del país después de presentar la solicitud, pero debe regresar para una cita de datos biométricos (huellas dactilares y fotografías) en los EE. UU. No asistir puede resultar en que la solicitud se considere abandonada.
  • Procesamiento acelerado: Si necesita viajar con urgencia, puede solicitar la tramitación acelerada del formulario I-131.
  • Recogida de permisos: Una vez aprobado, el permiso de reingreso se puede enviar por correo a una dirección en los Estados Unidos o recoger en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos en el extranjero.
  • Vigencia y Renovación: Los permisos de reingreso suelen tener una validez de dos años a partir de su emisión. No se pueden prorrogar, pero se puede solicitar un nuevo permiso al regresar a los Estados Unidos. Los permisos posteriores generalmente se otorgan por dos años, aunque el USCIS puede emitir permisos de menor duración en casos excepcionales, según el historial de viajes.
  • Consideraciones para el reingreso: Al regresar, la CBP puede evaluar la intención de residencia basándose en los factores mencionados anteriormente. Un permiso de reingreso evita que la ausencia por sí sola se utilice para determinar el abandono, pero no garantiza el reingreso.
  • Notas adicionales: Las ausencias de un año o más pueden afectar la elegibilidad para la naturalización futura debido a los requisitos de presencia física. Si la ausencia es de dos años o más, es posible que se requiera una visa de residente que regresa (SB-1). Los titulares de la Tarjeta Verde deben presentar declaraciones de impuestos estadounidenses ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS), incluso estando en el extranjero, para mantener su estatus.

Consulte a un abogado de inmigración para presentar el Formulario I-131 y garantizar el cumplimiento de los requisitos de residencia durante ausencias prolongadas.

Para mantener su estatus de residente permanente en los Estados Unidos durante viajes prolongados al extranjero, los titulares de la Tarjeta Verde deben evitar acciones que sugieran el abandono de su residencia en los EE. UU. Las ausencias que superen los seis meses, especialmente las de más de un año, pueden generar inquietudes en el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), a menos que se obtenga un permiso de reingreso.

Información general sobre el permiso de reingreso:

  • Un permiso de reingreso (Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje) permite a los titulares de la Tarjeta Verde permanecer fuera de los EE. UU. hasta por dos años sin renunciar a su residencia.
  • La solicitud debe presentarse estando en Estados Unidos, pero puede salir del país antes de su aprobación. El permiso se envía por correo a una dirección en Estados Unidos o a una embajada o consulado estadounidense en el extranjero, y se requieren datos biométricos (por ejemplo, huellas dactilares) en Estados Unidos antes de su aprobación.
  • Los permisos de reingreso suelen tener una validez de dos años a partir de su emisión. Los permisos posteriores pueden emitirse por dos años, aunque el USCIS puede otorgar una duración menor en casos excepcionales, según el historial de viajes previo.
  • Un permiso de reingreso no se puede renovar, pero se puede solicitar uno nuevo al regresar a los EE. UU. por un período corto.

Consideraciones clave:

  • Si se ausenta durante dos años o más, incluso con un permiso de reingreso, es posible que se requiera una visa de residente que regresa (SB-1) para volver a ingresar como residente permanente.
  • Los titulares de la Tarjeta Verde deben presentar sus declaraciones de impuestos sobre la renta ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS) de EE. UU., incluso estando en el extranjero, para mantener su estatus. De no hacerlo, podrían poner en riesgo su residencia.
  • El estatus de residente permanente puede considerarse abandonado si un titular de la Tarjeta Verde se traslada permanentemente a otro país, demostrando que no tiene intención de residir en los EE. UU.

Consulte a un abogado de inmigración para presentar el Formulario I-131 y garantizar el cumplimiento de los requisitos de residencia durante ausencias prolongadas.

Después de que un inversionista EB-5 presente el Formulario I-829 (Petición para eliminar las condiciones del estatus de residente permanente) dentro del período de 90 días antes de que expire su Tarjeta Verde Condicional, mantiene el estatus de residente permanente legal mientras espera la aprobación. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) proporciona la documentación para extender este estatus.

  • Aviso de recepción: Tras presentar el Formulario I-829, el USCIS emite un aviso de recibo (Formulario I-797) que extiende la validez de la Tarjeta Verde Condicional hasta por 48 meses a partir de su fecha de vencimiento, lo que permite al inversionista y a su familia continuar viviendo, trabajando y viajando en los EE. UU. como residentes permanentes.
  • Sello I-551: Si lo necesita para viajar o como prueba de estatus (por ejemplo, para empleo o reingreso), el inversionista puede solicitar un sello I-551 en su pasaporte programando una cita InfoPass en una oficina de USCIS. Este sello temporal sirve como prueba de su estatus de residente permanente legal hasta que se emita la Tarjeta Verde Permanente.

Estos documentos garantizan que el inversor y su familia mantengan sus derechos y obligaciones como residentes permanentes durante el proceso de adjudicación del formulario I-829, que puede durar desde varios meses hasta años.

Una RFE (Solicitud de Evidencia) es una notificación de un Centro de Servicio de USCIS que le pide que proporcione documentos o información adicionales para respaldar su petición I-526 pendiente (u otras peticiones relacionadas, como el ajuste de estatus, el procesamiento consular o la I-829).

El USCIS podría emitir una RFE si encuentra algo faltante, poco claro o que requiera más pruebas relacionadas con:

  • Su documentación de solicitud,
  • Documentos sobre sus dependientes o
  • A veces, el proyecto en sí (aunque esto es raro).

La notificación de solicitud de información adicional (RFE) especificará cuántos días tiene para responder. Si no responde dentro de ese plazo, su solicitud podría ser denegada.

Una vez que el USCIS recibe su respuesta completa a la solicitud de información adicional (RFE), generalmente toman una decisión en aproximadamente 60 días, pero puede demorar más dependiendo del caso.

Una RFE (Solicitud de Evidencia) puede surgir en diversas etapas del proceso EB-5 , ya sea durante la petición inicial I-526E o posteriormente durante el ajuste de estatus , el procesamiento consular o la presentación del formulario I-829 . Básicamente, el USCIS solicita información o documentos adicionales para aclarar algún aspecto de su solicitud o relacionado con el proyecto.

Existen tres razones principales por las que el USCIS suele emitir una solicitud de información adicional (RFE):

  1. a) Fuente de fondos (SOF):
    El USCIS quiere asegurarse por completo de que el dinero que invierte sea lícito, es decir, que provenga de fuentes legales y que usted tuviera control sobre él al momento de la inversión. Esta es una verificación crucial. Los abogados manejan este proceso con mucho cuidado, y si su abogado no puede verificar completamente el origen de sus fondos, generalmente no presentará su solicitud hasta que todo esté en orden.
  2. b) Creación de empleo:
    El USCIS puede solicitar al patrocinador del proyecto (como el Centro Regional) que demuestre que la inversión ha creado o creará el número de empleos requerido: al menos 10 empleos de tiempo completo por inversionista. Aquí es donde la calidad y la etapa del proyecto cobran gran importancia: los proyectos más avanzados, próximos a su finalización, suelen gestionar mejor este requisito.

c) Requisitos de residencia:
Tras recibir su Tarjeta Verde condicional, no debe permanecer fuera de los Estados Unidos por más de 183 días consecutivos. El USCIS podría solicitarle comprobantes de sus visitas y actividades en los Estados Unidos para asegurarse de que cumple con los requisitos de residencia.

Si recibe una Solicitud de Evidencia (RFE) o una Notificación de Intención de Denegación (NOID), el primer paso es notificar de inmediato al Fondo (como LCR) y a su abogado de inmigración. Ellos lo guiarán durante el proceso y trabajarán directamente con USCIS para abordar las inquietudes adecuadamente.

Ignorar una RFE o una NOID no es una opción. Debe responder dentro del plazo establecido por el USCIS. Si no responde, el USCIS suele asumir que no desea continuar con su petición, la cual podría ser denegada automáticamente.

El proceso para gestionar una RFE o una NOID generalmente sigue un enfoque de 3 pasos:

  1. Proporcione pruebas completas: Presente todos los documentos y pruebas solicitados que satisfagan plenamente las preguntas del USCIS.
  2. Evidencia parcial con explicaciones: Si falta alguna prueba o no está disponible, proporcione toda la que pueda e incluya declaraciones juradas o explicaciones detalladas de su abogado de inmigración sobre por qué no se pueden proporcionar ciertas pruebas.
  3. Recurso legal (para NOID): Si el USCIS emite una Notificación de Intención de Denegación (NOID), que es más grave que una Solicitud de Evidencia (RFE), y usted cree que la denegación se basa en un error legal o una mala interpretación, su abogado puede ayudarle a impugnar la decisión ante los tribunales.

Tu hijo/a solo podrá ser incluido/a en tu petición EB-5 y obtener la residencia permanente si es menor de 21 años y soltero/ a al momento de presentar la solicitud. Si cumple 21 años o se casa antes de que finalice el proceso, podría perder la oportunidad de obtener la residencia permanente como dependiente.

Cómo ayuda la Ley de Protección del Estatus del Niño (CSPA)

Debido a que el proceso EB-5 suele tardar entre 12 y 24 meses (o incluso más), los niños cercanos a los 21 años corren el riesgo de perder su elegibilidad por las demoras gubernamentales. La Ley de Protección del Estatus del Niño (CSPA, por sus siglas en inglés) "congela" la edad de su hijo restando el tiempo que el USCIS tardó en procesar su petición EB-5 de su edad real. Esta "edad CSPA" ajustada puede mantener a su hijo elegible incluso si tiene más de 21 años.

¿Cuándo importa la edad según la CSPA?

  • En la mayoría de los países (con poca o ninguna acumulación de solicitudes de visa), la edad de su hijo según la Ley de Protección del Estatus del Niño (CSPA, por sus siglas en inglés) se calcula cuando se aprueba su petición EB-5.
  • Para países con largos retrasos como China o India, la antigüedad del CSPA se comprueba cuando su fecha de prioridad Se actualiza según el Boletín Mensual de Visas. En ocasiones, el USCIS utiliza una tabla especial anterior ("Fechas para Presentar la Solicitud") para ayudar a proteger la elegibilidad de los niños con mayor rapidez.

¿Qué debes hacer?

  • Una vez que su petición sea aprobada (o su fecha de prioridad esté vigente), usted tendrá un año para presentar la solicitud de tarjeta verde (Formulario I-485 en EE. UU. o DS-260 en el extranjero) para que su hijo/a confirme su edad según la Ley CSPA.
  • Si se pierde este plazo de un año, su hijo podría perder la elegibilidad, a menos que se den circunstancias excepcionales (como emergencias médicas).

Consejos para evitar quedar obsoleto con el paso del tiempo:

  • Presente su solicitud EB-5 tempranaLo ideal es que su hijo tenga 19 años o menos.
  • Elija proyectos en zonas rurales o con alto desempleo (que tienen tiempos de espera más cortos).
  • Si procedes de un país con retrasos en la tramitación de visados, consulta el Boletín de Visados ​​mensualmente.
  • Consulte con un abogado de inmigración para que le asesore en su caso particular.

Importante recordar:

  • Su hijo/a deberá permanecer soltero/a durante todo el proceso.
  • La edad requerida para acogerse al programa CSPA debe ser inferior a 21 años al iniciar el proceso de obtención de la tarjeta verde tras la aprobación.

Ejemplo:

Si su hijo tiene 20 años y 9 meses al momento de presentar la solicitud, y el USCIS tarda 8 meses en aprobarla, su hijo tendrá 21 años y 5 meses al momento de la aprobación. La edad según la Ley de Protección del Estatus del Niño (CSPA, por sus siglas en inglés) resta esos 8 meses de procesamiento, lo que resulta en una edad ajustada de 20 años y 9 meses; por lo tanto, aún cumple con los requisitos. Siempre y cuando usted presente la solicitud de la tarjeta de residencia permanente dentro del plazo de un año, su hijo podrá obtenerla junto con usted.

Por qué esto importa:

Para países con largos tiempos de procesamiento, como China, la Ley de Protección del Estatus del Niño (CSPA, por sus siglas en inglés) garantiza que su hijo no pierda la elegibilidad solo porque el gobierno tardó en procesar su solicitud. Planificar con anticipación y actuar rápidamente después de la aprobación protege las posibilidades de que su hijo obtenga la residencia permanente.

Técnicamente, no existe una edad mínima para presentar una petición EB-5 como solicitante principal. Incluso un bebé o un niño pequeño podría presentarla por su cuenta si cumple con los requisitos de inversión.

Sin embargo, LCR recomienda que los menores de 13 años no soliciten la visa como solicitantes principales. En su lugar, deben ser incluidos como dependientes en la petición EB-5 de sus padres. Esto es más sencillo y práctico, ya que normalmente el padre o la madre será el inversionista y el peticionario principal.

Sí, por lo general, un cónyuge puede ser patrocinado posteriormente a través de un par de vías de inmigración comunes:

  1. Siga el proceso para unirse

Este método se utiliza a menudo cuando el inversionista principal del programa EB-5 ya posee la Tarjeta Verde (condicional o permanente). Si el inversionista obtuvo su Tarjeta Verde en un consulado estadounidense en el extranjero, su cónyuge puede solicitarla posteriormente para reunirse con él.

  • El cónyuge puede incorporarse después de que el inversionista obtenga su residencia condicional o incluso después de presentar la solicitud para eliminar las condiciones (Formulario I-829).
  • Los tiempos de tramitación varían: la tramitación consular puede tardar hasta un año, mientras que el ajuste de estatus dentro de los EE. UU. podría tardar alrededor de 6 meses.
  1. Patrocinio mediante el formulario I-130 (Petición para familiar extranjero)

Si el cónyuge no fue incluido originalmente, el inversionista (una vez que sea titular de la Tarjeta Verde o ciudadano estadounidense) puede presentar el Formulario I-130 para patrocinar al cónyuge posteriormente.

  • Este formulario acredita el matrimonio e inicia el proceso de inmigración basado en la familia.
  • Tras la aprobación, el cónyuge puede solicitar su propia Tarjeta Verde.
  • Si el cónyuge se encuentra fuera de los EE. UU., normalmente deberá realizar el trámite consular; si ya se encuentra dentro, puede ajustar su estatus sin salir del país.
  • Los tiempos de procesamiento varían según el tipo de solicitud y el centro de servicio.

Menú

Contacta con nuestros asesores para iniciar tu proceso.