Comprendiendo el proceso de “Follow-to-Join” en el programa EB-5: Quién puede unirse y cuándo

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Comprendiendo el proceso de “Follow-to-Join” en el programa EB-5: Quién puede unirse y cuándo

El Programa de Inversionistas Inmigrantes EB-5 ofrece a ciudadanos extranjeros una vía hacia la residencia permanente en los Estados Unidos a través de la inversión. Uno de los beneficios clave es la posibilidad de incluir a los familiares directos en la solicitud. Sin embargo, la estructura familiar y las circunstancias pueden cambiar con el tiempo, lo que plantea preguntas importantes sobre quién puede formar parte de la solicitud y cuándo pueden unirse otros miembros de la familia. 

Aquí es donde el concepto de “follow-to-join” cobra especial relevancia. A continuación, explicamos qué significa “follow-to-join” en el proceso EB-5, quién califica y cómo ciertos eventos en la vida —como el matrimonio, el divorcio o la unión de familias— pueden afectar la elegibilidad. 

¿Qué es el “Follow-to-Join”? 

El “follow-to-join” es una disposición en la ley de inmigración de los Estados Unidos que permite que el cónyuge y los hijos solteros (menores de 21 años) de un solicitante principal obtengan visas de inmigrante después de que el solicitante principal ya haya recibido la suya. Es especialmente útil para familias que, por diversas razones, no solicitaron juntas al mismo tiempo. 

En el contexto del programa EB-5, esto significa que si la familia del inversionista no fue incluida en la solicitud inicial, aún podrían unirse al proceso más adelante, siempre y cuando la relación familiar haya existido en el momento en que el solicitante principal recibió su residencia condicional. 

¿Quiénes pueden ser incluidos en una solicitud EB-5? 

La solicitud EB-5 permite incluir a los siguientes familiares como beneficiarios derivados: 

  • El cónyuge del solicitante principal; y 
  • Los hijos solteros del solicitante principal menores de 21 años en el momento en que se presenta el Formulario I-526E. 

Elegibilidad de Padrastro/Madrastra e Hijastro(a) 

Si te casas con alguien que ya tiene hijos, esos hijos pueden calificar como tus beneficiarios derivados si: 

  • El matrimonio que crea la relación de padrastro/madrastra e hijastro(a) ocurrió antes de que el menor cumpliera 18 años; y 
  • El cónyuge (padre o madre biológico/a) tiene la tutela completa o la custodia legal en el momento de presentar la solicitud. 

Esto permite que las familias reconstituidas emigren juntas bajo una sola solicitud EB-5. 

¿Quién puede unirse más adelante a través del “Follow-to-Join”? 

Si un miembro de la familia era elegible en el momento de la aprobación del solicitante principal pero no solicitó inicialmente, puede presentar una solicitud de visa posteriormente mediante la disposición de “follow-to-join”. Esto generalmente aplica a: 

  • Cónyuges que se casaron con el solicitante principal antes de que este obtuviera la residencia condicional; y 
  • Hijos que hayan nacido o sido adoptados antes de la aprobación de la residencia condicional del solicitante. 

En estos casos, el miembro de la familia puede solicitar su visa utilizando el Formulario I-824 después de que se haya emitido la residencia condicional del solicitante principal. 

Agregar hijos y comprender la CSPA 

Un hijo es elegible para ser incluido en una solicitud EB-5 siempre que sea soltero y menor de 21 años. Sin embargo, si el hijo cumple 21 años antes de que se le pueda otorgar una visa o ser incluido mediante “follow-to-join”, puede “perder la edad” y su elegibilidad, a menos que califique bajo la Ley de Protección del Estado de Menor (Child Status Protection Act, CSPA). 

La CSPA permite que ciertos hijos mantengan su elegibilidad incluso después de cumplir 21 años, si la entrega de sus tarjetas verdes se retrasa debido a demoras en el proceso de visa. La CSPA calcula la “edad ajustada” del hijo restando el tiempo durante el cual la petición EB-5 (Formulario I-526E) estuvo pendiente de la edad real del hijo en el momento en que la visa se vuelve disponible. Si la edad ajustada es menor de 21 años y el hijo solicita la residencia permanente legal dentro del año siguiente a la disponibilidad de la visa, aún puede ser considerado como hijo para fines migratorios. De lo contrario, el hijo tendría que buscar una vía migratoria separada. 

Lee más: ¿Qué pasa con los hijos que cumplen 21 años de edad como dependientes económicos del inversionista EB-5? 

¿Quiénes no pueden unirse más adelante? 

Algunos cambios familiares no califican para que los miembros de la familia puedan unirse mediante “follow-to-join”: 

  • Matrimonio después de la aprobación de la tarjeta verde: Si el solicitante principal contrae matrimonio después de obtener la tarjeta verde, el nuevo cónyuge no es elegible bajo el proceso de “follow-to-join” y debe seguir una vía migratoria separada basada en familia. 
  • Hijos nacidos o adoptados después de la aprobación de la tarjeta verde: Estos hijos tampoco son elegibles mediante “follow-to-join” y deberán seguir una vía migratoria basada en familia. 
  • Ex cónyuges: Si te divorcias antes de que se emita la tarjeta verde a tu cónyuge, este pierde la elegibilidad. El divorcio después de obtener la residencia condicional también puede complicar el proceso y, por lo general, conlleva a la eliminación del cónyuge de la solicitud. 

¿Cuándo deben ser eliminados los miembros de la familia? 

Los miembros de la familia deben ser eliminados del proceso EB-5 si: 

  • Un cónyuge se divorcia del solicitante principal. 
  • Un hijo contrae matrimonio (sin importar la edad). 
  • Un hijo “pierde la edad” al cumplir 21 años y no califica bajo la Ley de Protección del Estado de Menor (CSPA). 

En estos casos, es fundamental actualizar los registros del USCIS y eliminar a los miembros de la familia que no son elegibles de la solicitud para evitar retrasos o complicaciones. 

Conclusión 

Las dinámicas familiares pueden ser complejas, especialmente en procesos migratorios largos y que se extienden por varios años, como el EB-5. Entender quién puede unirse a tu solicitud, quién puede unirse más tarde mediante “follow-to-join” y cuándo alguien debe ser eliminado es esencial para gestionar adecuadamente el proceso migratorio de tu familia. 

En LCR Capital Partners, guiamos a nuestros clientes a través de estos detalles para asegurar que el proceso EB-5 de su familia sea lo más fluido y exitoso posible. Si estás considerando el programa EB-5 o tienes preguntas sobre la situación específica de tu familia, nuestro equipo está aquí para ayudarte a navegar cada paso del camino. 

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